Régimen de visitas

Régimen de visitas

El régimen de visitas se refiere a un calendario dirigido al progenitor no custodio con el fin de que éste pueda pasar tiempo con sus hijos, pese a que no tenga la custodia y a que no resida con ellos en el día a día.

Tras la decisión del divorcio y de la guarda y la custodia, habrá que establecer este régimen de visitas entre ambos progenitores, lo mejor es que se pongan de acuerdo, pero en caso de que no lo consigan debería tomar parte del asunto un juez y que él sea quién lo decida.

Ambos progenitores deben poner facilidades, el que tenga la custodia no impedir que el otro vea a los hijos y respetar el calendario acordado, y el progenitor no custodia acudir y encargase de los hijos en los días o semanas acordados.

La sentencia de divorcio o el convenio regulador deben recoger lo que se haya determinado de forma detallada, ya sea fines de semana alternos, periodos vacacionales y dónde se producirán estas visitas o intercambios.

Lo principal es que este régimen de visitas tenga presente el bienestar de los hijos y que el divorcio afecte lo menos posible a la relación de los hijos con sus padres.

El incumplimiento de este régimen por cualquiera de los dos progenitores podría llevar a cambiar el acuerdo y el calendario establecido en un principio, e incluso a la imposición de multas.

Nuestros abogados pueden estudiar su caso en particular y asesorarle jurídicamente para que el régimen de visitas sea justo, defenderemos sus intereses e intentaremos cambiar la situación si la decisión final no le parece la adecuada.

Tenemos experiencia en divorcios y separaciones y en mediar entre el matrimonio para que haya consenso en las diferentes decisiones.

Si desea contactar con nuestro despacho de abogados, trabajamos en Donostia y otros municipios situados en la provincia de Guipúzcoa.

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