La
patria potestad hace referencia a los
deberes y a los derechos de los padres con hijos menores de edad y también con los que no estén emancipados.
La patria potestad
es independiente a la existencia de matrimonio o de la situación en la que se encuentren los padres, se entiende que un progenitor tiene una serie de responsabilidades pese a que su matrimonio se haya roto.
La patria potestad se refiere a
hacerse cargo de los hijos, es decir, a proporcionarles alimentos, una
educación, encargarse de su
desarrollo y administrar sus
bienes, además de ser su representante legal.
Tras un
divorcio entre todas las decisiones que hay que tomar se encuentra la de decidir quién va a quedarse con la
custodia de los hijos lo que implica tratar el asunto de la patria potestad, que puede pertenecer a uno o a los dos progenitores.
Lo más conveniente es que los dos lleguen a un acuerdo, pero si no se consiguiera siempre se puede dejar el caso en manos de un juez. Lo habitual es que
se atribuya esta patria de forma compartida para los dos padres, solamente en situaciones excepcionales se priva a uno de los progenitores de la misma.
Independientemente de quien tenga la patria potestad, esto no afectará a lo que se acuerde en cuanto al
régimen de visitas o la
pensión de alimentos.
Hay que distinguir entre la patria potestad y el ejercicio de la misma porque sus consecuencias jurídicas no son las mismas. En los procesos de divorcio en general lo que se decreta es la privación total o parcial.
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